Inocencia Fiscal explicada simple

Actualizado el · Equipo tusDolares

El problema que viene a resolver

En Argentina hay muchísimos dólares fuera del sistema: guardados en casa, en cajas de seguridad o en cuentas sin declarar. Gran parte son ahorros de trabajo de toda una vida que quedaron afuera por desconfianza en los bancos o por las vueltas del sistema impositivo.

Hasta 2026, usar esa plata para algo grande (depositarla, comprar una propiedad, prestarla a un familiar) tenía un riesgo: que el fisco preguntara de dónde había salido y que la persona no pudiera demostrarlo con papeles de hace diez o veinte años. Ante esa duda, mucha gente prefería dejar los dólares quietos.

La ley de Inocencia Fiscal busca cambiar eso. La idea es que esos dólares puedan volver al sistema sin que cada depósito se transforme en una investigación sobre el pasado.

Qué dice la ley, en simple

La ley de enero de 2026 creó el Régimen Simplificado de Ganancias, una forma más sencilla de presentar la declaración del impuesto a las Ganancias. Lo central no es la simplificación del trámite, sino lo que pasa con lo que declarás:

  • Lo declarado se presume correcto. Si entrás al régimen, ARCA toma como válido lo que declarás. Es lo que le da nombre a la ley: se parte de la inocencia del contribuyente.
  • No tenés que justificar el origen de ahorros de años anteriores. Ese es el cambio que más importa para los dólares del colchón.
  • ARCA sólo puede cuestionarlo con datos. Puede objetar lo declarado si tiene información propia o de terceros que lo contradiga, y si la diferencia es significativa.

Qué cambió con Inocencia Fiscal II

En septiembre de 2026 se aprobó una segunda ley que amplió la primera en dos puntos:

  • Sin topes para entrar. La versión original tenía límites de ingresos y de patrimonio para poder usar el régimen. Inocencia Fiscal II los eliminó.
  • La carga de la prueba pasó a ARCA. Si hay una discusión, es el organismo el que tiene que demostrar que algo está mal, y no la persona la que tiene que demostrar que está bien.

Juntas, las dos leyes hacen mucho más simple usar dólares que estaban guardados.

Si querés comprar una propiedad

Uno de los usos más comunes de los dólares guardados es comprar una casa o un departamento. La ley trae una regla específica para eso: se puede pagar en efectivo en las escrituras hasta el 31 de diciembre de 2027.

Si estás pensando en una operación así, conviene hablar con tiempo con el escribano y con un contador, para saber qué documentación te van a pedir y cómo conviene hacer cada paso.

Quién queda afuera

La protección sobre períodos anteriores no alcanza a quienes ocuparon un cargo público en los últimos cinco años. Para ellos, las reglas sobre el origen de los fondos siguen siendo las de siempre.

Además, entrar al régimen es una decisión que conviene evaluar: según tus ingresos y tu situación, puede convenirte o no. Por eso el primer paso de cualquier plan es una consulta con un contador.

Cómo depositar los dólares

La ley pide que el dinero quede trazable: que entre por canales formales y quede registrado. En la práctica:

  1. Hablá con un contador para confirmar si te conviene entrar al Régimen Simplificado de Ganancias.
  2. Abrí una cuenta en dólares si no tenés: una caja de ahorro en un banco o una cuenta en una entidad regulada.
  3. Depositá por canales formales: bancos o entidades reguladas por el BCRA o la CNV.
  4. Guardá todos los comprobantes: boletas de depósito, declaraciones juradas y constancias del régimen.
  5. Decidí dónde ponerlos a rendir. Una vez en el sistema, esos dólares pueden ganar algo en lugar de perder poder de compra.

Si todavía no hiciste la cuenta de cuánto te cuesta tenerlos guardados, la guía de los dólares guardados lo explica.

Lo que la ley no es

  • No es un perdón de impuestos futuros. El régimen es una forma de declarar Ganancias: lo que ganes de acá en adelante se sigue declarando.
  • No es un cheque en blanco. ARCA puede cuestionar lo declarado si tiene datos que lo contradigan y la diferencia es significativa.
  • No es igual para todos. La situación de un monotributista, la de un empleado en relación de dependencia y la de alguien con varias actividades son distintas.

Qué preguntarle a tu contador

  • ¿Me conviene entrar al Régimen Simplificado de Ganancias con mis ingresos y mi situación?
  • ¿Qué tengo que presentar y en qué plazos?
  • ¿Hay algo distinto en mi caso por ser monotributista, empleado o jubilado?
  • ¿Cómo conviene depositar si el monto es grande?
  • Si quiero comprar una propiedad, ¿qué documentación me van a pedir?

No es asesoramiento impositivo. Esta guía resume lo que se publicó sobre las dos leyes. Las reglas tienen letra chica y pueden reglamentarse de distintas maneras. Antes de depositar montos grandes, confirmalo con un contador.

Hacé la cuenta Dólares del colchón → Calculá cuánto te cuesta tenerlos guardados y mirá el paso a paso para depositarlos.

Esta guía explica cómo funcionan las cosas; no es una recomendación personalizada de inversión ni asesoramiento impositivo. Las tasas son orientativas, revisadas el .

Fuentes: Infobae (feb. 2026), iProUP (sept. 2026).